13/01/2003
Ley de proveedores de internet

Los ISPs deberán entregar software de protección que impida el acceso a sitios


acceso_internet (3k image)Así lo establece la Ley 25.690 (Proveedores de Internet) que fue votada en la maratónica última sesión de 2002 y promulgada hace unos días. La norma, de sólo cuatro artículos, le otorga a la CNC el control de su cumplimiento y a una "autoridad de aplicación" indeterminada la fijación de multas en caso de infracciones, que serán usadas para promocionar la "existencia de este servicio en la red".



ZondaGroup Internet Developments, de Argentina, señaló en un comunicado que "ya es costumbre que todos los fines de año el Congreso vote leyes a granel con la consecuente ligereza en el tratamiento de muchas de éstas" y señaló que "esta ley, promulgada el 2 de enero de 2003 pero sancionada el 28 de noviembre de 2002, es un monumento a la vaguedad, permitiendo diversas interpretaciones en función de los intereses de cada uno. Asimismo, da la sensación de haber sido redactada por gente que no tiene la más mínima idea de lo que está hablando. En su artículo 1°, la ley sostiene que los ISP tendrán la obligación de ofrecer software de protección que impida el acceso a sitios específicos.


De entrada nomás, surgen dos dudas. La primera tiene que ver con el software de protección. ¿Los ISP deberán ofrecer ese software gratuitamente o con cargo (no pretenderán que hagan copias ilegales)? ¿Se puede cumplir con la ley con la sola presencia de un navegador (tipo Explorer) que puede ser configurado para limitar el acceso a determinado sitios? ¿Cómo se manejarán los ISP gratuitos que no identifican a sus usuarios?.


La segunda duda proviene de la falta de definición de lo que se entiende por "sitios específicos". ¿Cuáles son? ¿Los pornográficos? ¿Los pedófilos? ¿Los xenofóbicos? ¿Los de ideologías violentas? ¿Todos juntos? ¿Sólo algunos? ¿Quién define a qué categoría corresponde un sitio?" Zonda Group añadió más adelante: "En su artículo 3°, la ley sostiene que la autoridad de aplicación fijará las multa a imponer a los ISP que infrinjan la ley. Ahora bien, ¿quién es la autoridad de aplicación? ¿La CNC que deberá verificar que los ISP ofrezcan el servicio exigido por el art. 1°? ¿La Secom? ¿El COMFER por ser un tema de contenidos más que de telecomunicaciones?". Y redondeó su crítica expresando: "Resulta asombroso que un Congreso donde predominan los políticos con títulos de abogados, pueda aprobar semejante mamarracho jurídico que no contribuye en nada a mejorar la pobre imagen que tiene ante la sociedad. Y como broche de oro, esta -¿ley?- fue PROMULGADA. Así estamos..."


Fuente: EmpresasNews


 Más:

Hacker ataca sitio oficial de la Presidencia de la Nación Argentina
La fiebre de la PlayStation Portátil llegó a EEUU
Nokia anuncia su primer juego de Pinball para la plataforma N-Gage
Jon Hacker Johansen, el dolor de cabeza de Apple
Hackers roban datos de la Universidad Estatal de California

2006 | 2005 | 2004 - 2003 - 2002