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Sociedad | Provincia de Buenos Aires

La Provincia estableció el acceso a asignaciones familiares

Desde el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires decretaron "fijados los importes de las prestaciones del régimen de asignaciones familiares".


25-03-2022

Con tal de actualizar los montos de percepción, desde el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires decretaron "fijados los importes de las prestaciones del régimen de asignaciones familiares".

Esta decisión se dio mediante el Decreto 266/2022 que se ampara en lo previsto en el en el artículo 1° del 1036/21, que estableció los montos del año pasado que ahora fueron indexados.

Por intermedio de la norma publicada hoy en el Boletín Oficial, se explicitaron los términos y condiciones para acceder a las asignaciones familiares. De hecho, en el apartado 2, se aclaró: "Excluir de las prestaciones del presente, con excepción de las asignaciones familiares por hijos/as con discapacidad, a los/as trabajadores/as cuyo grupo familiar perciba, a partir del 1° de diciembre de 2021, un ingreso inferior a $6.306 o superior a $210.278, que se calculará en función de la totalidad de los ingresos correspondientes al grupo familiar".

Asimismo, según lo citado en el artículo 3°, no podrán percibir este ingreso quienes, "con excepción de las asignaciones familiares por hijos/as con discapacidad, a los/as beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías, cuyo grupo familiar en su conjunto perciba ingresos superiores a $210.278".

¿Qué otros limitantes hay para el acceso?
De acuerdo al 4° apartado, dispusieron que "la percepción de un ingreso superior a $105.139 por uno de los/as integrantes del grupo familiar excluye al mismo del cobro de las asignaciones familiares, aún cuando en la totalidad de los ingresos no alcance al límite máximo establecido en los artículos 2° o 3° del presente, según corresponda. No quedarán alcanzadas en las limitaciones del presente artículo las asignaciones familiares por hijos/as con discapacidad".

Seguidamente aclararon que "el trabajador o la trabajadora que efectúe deducción especial por cargas de familia correspondiente a hijo/a y/o cónyuge, de conformidad con lo establecido en la Ley de Impuesto a las Ganancias y modificatorias, no podrá percibir las asignaciones familiares por hijo/a, hijo/a con discapacidad o cónyuge que se regulan en el presente decreto".

¿Cómo son las prestaciones bonaerenses?
Las asignaciones familiares en la Provincia de Buenos Aires, cuyo el nuevo régimen fue aprobado mediante el Decreto N°1460/12 y tiene vigencia desde el 1° de septiembre de 2012, requieren de la presentación de una serie de declaraciones juradas y documentaciones a saber en: gba.gob.ar/hacienda_y_finanzas/Dga/Servicios_al_Personal/asignaciones_familiares.

Crédito: InfoCielo

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