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Economía y Empresas | Provincia de Buenos Aires

Municipios deberán devolver fondos a la Provincia

El Ministro de Hacienda y Finanzas de la provincia de Buenos Aires, Pablo López, firma una resolución que marca la restitución del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria otorgado a los municipios durante la pandemia. ¿Cómo se llevará a cabo esta devolución y qué plazos se establecen?


22-08-2023

El panorama financiero de los municipios en la provincia de Buenos Aires da un nuevo giro. El Ministro de Hacienda y Finanzas, Pablo López, ha rubricado la Resolución 780 que pone en marcha la recuperación del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal. Este fondo, que se otorgó a las comunas bajo la administración de Axel Kicillof en abril de 2020, tuvo el propósito de apoyarlos en el afrontamiento de gastos corrientes, como los salarios, en medio de la crisis sanitaria. Ahora, llega el momento en que los municipios deben comenzar a devolver lo prestado.

La medida, dada a conocer en el Boletín Oficial del lunes, establece plazos y condiciones para este proceso. Según lo dispuesto en la normativa, el plazo de gracia para reprogramar el stock de deuda que acumulen los municipios al 1° de diciembre vence el 1° de diciembre de este mismo año. Además, se determina que el período de devolución abarcará hasta 18 meses a partir de la finalización del periodo de gracia. Este monto adeudado se pagará en cómodas cuotas mensuales, que serán tanto iguales como consecutivas.

Para asegurar el cumplimiento de la devolución, el gobierno bonaerense ha decidido tomar como garantía los recursos que cada municipio debería percibir a través del Régimen de Coparticipación Municipal. Con respecto a esto, se especifica que las retenciones de la coparticipación se detendrán en cuanto los municipios expresen su intención de acogerse a la reprogramación del pago de la deuda. La fecha tope para tal manifestación es el 30 de septiembre.

Sin embargo, existe un plazo crucial: si los municipios no presentan la documentación necesaria para adherirse al plan de devolución antes de esa fecha límite, el Ministerio de Hacienda y Finanzas tendrá la facultad de retener las cuotas a partir del mes de octubre de 2023. Esto se realizará siguiendo el cronograma vigente para cada municipio, lo que podría generar un impacto económico significativo en aquellos que no cumplan con los requisitos a tiempo.

El Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal, creado en 2020 por Decreto, inicialmente distribuyó hasta 12 mil millones de pesos entre las diferentes comunas. Aunque la asistencia es reembolsable, esta deuda no lleva intereses asociados. Sorprendentemente, para iniciar la devolución solo basta con la firma de un decreto por parte del intendente de cada municipio, sin requerir la aprobación del Concejo Deliberante.

Los municipios de Buenos Aires se preparan para un período de devolución que marca un nuevo capítulo en su panorama financiero. El Fondo de Emergencia Sanitaria, que en su momento proporcionó un alivio crucial, ahora representa un compromiso financiero que deberán afrontar en los próximos meses, en un proceso que exige coordinación y responsabilidad para mantener la estabilidad económica en el ámbito municipal.

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