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Economía y Empresas | Decreto Municipal

Pergamino: Autorizan la apertura de concesionarias y puntos de venta de automotores y motocicletas

La autorización se pone de manifiesto mediante el decreto DECTO-2020-1419-E-PER-INT publicado en el día de hoy por el Municipio de Pergamino.


13-05-2020

Mediante el decreto DECTO-2020-1419-E-PER-INT publicado por el Municipio de Pergamino, se autoriza a la apertura de Concesionarias, Agencias y/o Puntos de venta de automotores nuevos y usados y motocicletas nuevas y usadas.

El Decreto:

ARTÍCULO 1º. Autorizar, en virtud de la Resolución 236/20 del Jefe de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, en el Partido de Pergamino, el inicio de: Concesionarias, Agencias y/o Puntos de venta de automotores nuevos y usados y motocicletas nuevas y usadas.


ARTÍCULO 2º. Las actividades incorporadas mediante el artículo 1º del presente deberán cumplir la restricción horaria de 8:00 horas a 17:00 horas. Asimismo, el incumplimiento o la desobediencia a lo estipulado en el presente decreto, será considerado una contravención y sancionada conforme la multa establecida en el artículo 46 del Código Contravencional Municipal (Ordenanza Nº 1346 y modificatorias), sin perjuicio de las acciones penales que
correspondieren, con expreso aviso a las autoridades federales competentes.


ARTÍCULO 3º. Las actividades y servicios autorizados por el artículo 1º del presente Decreto deberán, en todos los casos y sin excepciones, observar los protocolos preventivos y sanitarios que se acompañan en Anexo I.


ARTÍCULO 4º. Desígnese como autoridad de fiscalización y control del cumplimiento de los protocolos referidos en el artículo 3º del presente a la DIRECCIÓN DE HABILITACIONES COMERCIALES Y CONTROL DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS de la MUNICIPALIDAD DE PERGAMINO. Ínstese a
todo ENTE que nuclee a las actividades y servicios autorizados a colaborar en el control del cumplimiento del protocolo referido, debiéndose comunicar toda denuncia o infracción a la autoridad de control local designada.


ARTÍCULO 5º. Publíquese y dese al Boletín Oficial. Intervenga la DIRECCIÓN DE PRENSA para su amplia difusión. Cumplido, comuníquese la presente medida a las áreas municipales correspondientes, en especial, a la DIRECCIÓN DE HABILITACIONES COMERCIALES Y ACTIVIDADES ECONÓMICAS.


ANEXO UNICO
PROTOCOLO DE MEDIDAS PREVENTIVAS PARA CONCESIONARIAS, AGENCIAS Y/O PUNTOS DE VENTA DE AUTOMOTORES NUEVOS Y USADOS Y MOTOCICLETAS NUEVAS Y USADAS EN EL PARTIDO DE PERGAMINO.


A los fines de poder prestar los servicios correspondientes se proponen las siguientes pautas:


1.- Instalación de cartelería informativa en varios lugares visibles de la Concesionaria, Agencia y/o Puntos de venta.


2.- En la medida de lo posible se recomienda la adopción de medidas como el teletrabajo y las videoconferencias, entre otras, para aquellas actividades como test drive virtuales, opciones digitales de compra, showroom digital, etc.


3.- La cantidad de personas que podrán desarrollar sus funciones se ajuste al espacio físico de cada lugar y las mismas deberán conservar entre ellas la distancia recomendada por las autoridades sanitarias.


4.- Cumplimiento de todas las normas en materia de protección y prevención dictadas: mantener distancia, utilización de tapaboca, higiene de manos, higiene de superficies de contacto, higiene de elementos de uso manual y mobiliario, etc.


5.- Incremento de la frecuencia de limpieza y desinfección de las instalaciones de oficinas, baño, sala de estar, salas de reunión, taller y todo otro espacio que contenga el desarrollo de la actividad.


6.- Reorganización del ingreso de clientes, con turnos y otra modalidad que permitan mantener las distancias de seguridad, advertidas por la Autoridad Sanitaria.


7.- En la sección de postventa y/o repuestos, se dividan los turnos de los equipos de trabajo. Reorganizar la planificación de trabajos previstos para identificar las tareas en las que, por su propia naturaleza, no permitan a los trabajadores mantener las distancias de seguridad.


8.-Generar equipos de trabajo con personas de distintas áreas para tener la posibilidad de rotarlos.


9-Se recomienda la no atención a mayores de 65 años, embarazadas, niños y/o cualquier otra personas con factores de riesgo


10.-¿Que hacer si se detecta un caso sospechoso ? Los empleados que vuelvan de viaje deben contactarse previamente con RRHH y responder una serie de preguntas:


* Destino del viaje
* Cumplimiento de la cuarentena (14 días)
* Tuvo contacto con alguien que haya sido testeado positivo del Covid-19
* Tuvo alguno de los síntomas, fiebre mayor a 37.5 grados, dificultades respiratorias, tos seca, dolor de garganta.


Ante estos síntomas deben reportar inmediatamente al número de emergencia dispuesto por la Municipalidad de Pergamino (107).


11-Jornadas de trabajo que respete la restricción horaria dispuesta por Decreto 2020-1173-E-PER-INT.


12.- Se dispondrá de un registro diario en el que se anotará nombre, DNI, dirección de cualquier persona que asiste a la Concesionaria, Agencia y/o Punto de Venta.

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