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Sociedad | Provincia de Buenos Aires

Personas gestantes tendrán una licencia parental de 135 días y sus parejas de quince

Será para loso trabajadores estatales bonaerenses. Se suman días a los corresponsables de crianza y una nueva licencia de cuidado del recién nacido.


12-11-2021

El Ministerio de Trabajo bonaerense convocó a los gremios de trabajadores estatales enrolados en las leyes 10.430 y10.471 a el primer acuerdo general sobre condiciones de trabajo para estatales bonaerense, focalizado en un nuevo régimen de licencias parentales, que busca reducir las desigualdades de género.

El acuerdo plantea una perspectiva de equidad de género, derechos de la niñez, interseccionalidad y no discriminación, motivo por el cual se privilegia el uso del término “licencias parentales” en vez de licencias “por maternidad” o “por paternidad”.

Entre los principales cambios, la medida fija que las personas gestantes contarán con una nueva licencia por cuidado del recién nacido de 45 días, que se suma a la de 90 días con la que ya contaban. Asimismo, se podrá optar por utilizar, compartir o fraccionar con su corresponsable parental, quienes, además, pasarán de tener una licencia de tres días a una de 15.

 

Con el objetivo de reconocer y otorgar derechos para los distintos tipos de conformaciones familiares que existen, a la vez de contemplar una serie de vicisitudes en la vida personal y familiar que no encontraban lugar en las leyes vigentes, también se incorporan otros cambios como licencias por adopción más extensas para lograr el fortalecimiento de los vínculos con la nueva familia. Y se contemplan licencias de nacimiento de niño o niña con discapacidad de hasta 180 días corridos.

Otras licencias especiales

-La licencia por adopción pasa de 90 días a un período de entre 120 y 180 días, según edad la edad del niño o niña;

-Licencia por causa o asuntos particulares pasa de 5 a 6 días;

-Licencia por fallecimiento del corresponsable parental de pasa de 2 o 3 días a un período de 1 a 3 meses, según la edad del hijo o hija menor de edad);

-A la licencia por atención de familiar enfermo se le adiciona otro período de 15 días a los 20 que ya estaban estipulados;

-Pasa a contemplarse la licencia por adaptación escolar.

DIB

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