Sociedad | Indemnizaciones en la mira
Primer revés judicial a la reforma laboral: Un juez declaró inconstitucional un artÃculo clave
Un fallo de la Justicia laboral de Córdoba cuestionó el artÃculo 55 de la reforma laboral, al considerar que podrÃa reducir significativamente las indemnizaciones en juicios laborales en curso. La decisión abre un nuevo frente judicial para la normativa.
Hace 4 horas.
La reforma laboral recibió su primer revés judicial luego de que un juez laboral de Córdoba declarara inconstitucional el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral, una de las disposiciones que regula cómo deben actualizarse los créditos en juicios laborales que ya estaban en trámite cuando entró en vigencia la norma.
La resolución fue firmada el 10 de marzo por el juez Ricardo Gileta y cuestiona el mecanismo establecido por la ley para calcular las deudas laborales en procesos iniciados antes de la reforma.
Según ese artículo, los montos a cobrar por los trabajadores debían actualizarse utilizando la tasa del Banco Central, con un límite máximo equivalente a inflación más un 3% anual y un piso del 67% de ese cálculo. Distintos especialistas habían advertido que este esquema podría reducir entre un 20% y un 60% el monto final de las indemnizaciones respecto de los criterios aplicados previamente por varios tribunales.
En su fallo, el magistrado sostuvo que ese sistema genera un trato desigual entre juicios nuevos y causas que ya estaban en trámite, lo que a su criterio viola el principio de igualdad ante la ley.
Por ese motivo, resolvió que el capital reclamado debe recalcularse conforme al artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece un mecanismo diferente: ajuste según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% mensual desde la mora hasta el pago efectivo.
El juez también destacó que los créditos laborales tienen carácter alimentario, por lo que deben contar con una protección especial frente a la inflación. En ese sentido, advirtió que cualquier mecanismo que reduzca significativamente su valor puede afectar el principio de reparación plena y el principio protectorio del derecho laboral.
El fallo no implica la anulación general de la norma, pero abre un camino judicial que podría replicarse en otros tribunales, en un contexto donde la reforma laboral ya genera debate entre especialistas, sindicatos y el sector empresario.