Economía y Empresas | Régimen Penal Tributario
El proyecto propone elevar de forma inédita los montos para considerar una evasión penal, acortar la prescripción y permitir el uso de dinero no declarado sin necesidad de justificar consumos personales. La iniciativa busca "desjudicializar" el sistema y habilitar la circulación de los dólares guardados fuera del circuito formal.
El Gobierno presentó en el Congreso el proyecto de ley de “Principio de Inocencia Fiscal”, una iniciativa que promete transformar el Régimen Penal Tributario y reducir drásticamente las investigaciones por evasión, al tiempo que impulsa la incorporación de fondos no declarados al mercado.
El texto, según fuentes oficiales, apunta a “blindar” legalmente a quienes utilizan ahorros en dólares no declarados, además de simplificar el control de consumos personales para evitar que esos movimientos desencadenen inspecciones o procesos judiciales.
La propuesta reconfigura el sistema a través de cinco ejes centrales:
El proyecto eleva de manera excepcional los montos a partir de los cuales una persona puede ser investigada por evasión fiscal:
Evasión simple: pasa de $1,5 millones a $100 millones.
Evasión agravada: escala de $15 millones a $1.000 millones.
Un cambio que, de aprobarse, limitaría casi por completo la vía penal tributaria para pequeños y medianos contribuyentes.
Los plazos para reclamar impuestos no declarados se reducen de 5 a 3 años, acotando la capacidad de ARCA para iniciar acciones o denuncias.
Se crea un régimen simplificado de Ganancias para personas con ingresos menores a $1.000 millones y patrimonio inferior a $10 mil millones, eliminando la obligación de detallar consumos personales.
Esto facilita el uso de dinero no declarado en compras y gastos cotidianos sin riesgo de ser investigado.
ARCA no presentará denuncias si el contribuyente paga la deuda antes del inicio de la acción penal, o si cancela el total con intereses y un recargo del 50% en los 30 días posteriores al inicio de la investigación.
Las sanciones formales aumentan de manera notable: la multa por no presentar una Declaración Jurada sube de $200 a $220.000 para personas, y $440.000 para sociedades.