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Prorrogan por 60 días obligación de empresas de facturar el menor consumo en los últimos tres años

Las distribuidoras de gas por redes deben estimar el consumo de sus usuarios para emitir las respectivas boletas, utilizando como parámetro el menor registro del mismo período de los últimos tres años.

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01-07-2020

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El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) prorrogó por 60 días más la obligación de que las distribuidoras de gas por redes estimen el consumo de sus usuarios para emitir las respectivas boletas, utilizando como parámetro el menor registro del mismo período de los últimos tres años.

Lo hizo a través de la resolución 145/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que extendió lo establecido por la 35/2020 del 30 de abril último, que dispuso la nueva modalidad de medición estimada que deben adoptar las prestadoras del servicio de distribución de gas por redes, en el contexto del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

"En los casos en que estimen consumos conforme el Reglamento del Servicio de Distribución, las prestadoras deben realizar esa estimación utilizando el menor registro de consumo correspondiente al mismo periodo de 2017, 2018 y 2019 para los usuarios residenciales y aquellos no residenciales que se hayan visto imposibilitados de utilizar los mecanismos previstos", dispuso el Enargas.

El reglamento del servicio de distribución establece que las licenciatarias podrán estimar el volumen de gas suministrado al usuario, cuando por distintas circunstancias no se pueda acceder a la lectura del medidor y remitir al usuario una factura con consumo estimado.

"Cuidaremos así que no tengan ninguna recarga en las facturas de mayor consumo, como son las de invierno”, aseguró el interventor del Enargas, Federico Bernal.


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ETIQUETAS: Ente Nacional Regulador Gas Enargas

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