El impuesto a Netflix es la punta del iceberg


El impuesto a Netflix es la punta del icebergEl titular de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad de Buenos Aires, Carlos Walter, dijo que el cobro de impuestos a Netflix es la punta del iceberg, ya que hay una enormidad de consumos online de empresas que no están radicadas en el país y serán alcanzados por la medida.


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04/09/2014 - "El tema está rondando alrededor del alquiler de películas, pero en realidad esa es la punta del iceberg. Hay una enormidad de consumos (por internet) que hoy se realizan desde la Ciudad de Buenos Aires sobre empresas que no están radicadas en el país, que no tienen número de Cuit, que no están inscriptas y que por ende no están tributando", dijo Walter en declaraciones a Radio Del Plata.

El gobierno porteño anunció a través de su Boletín Oficial, que comenzará a cobrar una tasa de 3 por ciento a todos los servicios online de películas, series, música y videojuegos que no tributen en el país.

Al justificar la medida, el titular de la AGIP dijo que "ese jueguito en el que van cayendo los caramelitos, el Candy Crush, se compra vidas, pone su tarjeta de crédito y a fin de mes o cuando vence su resumen le llega el monto debitado en su tarjeta. Usted no está recibiendo ninguna factura. No está sabiendo ni a quién le está comprando ni qué país de destino tiene ese dinero".

Aseguró que "el usuario jamás se va a ver afectado" por el cobro de la tasa, ya que la que debe pagarla es la empresa prestadora del servicio, aunque no descartó que las empresas trasladen el costo de esa medida a los usuarios: "Lo que haga el señor que hoy no paga los impuestos y por ende es un evasor es un problema de él. Lo que sí voy a aclarar es que va a estar en igualdad de condiciones que otro que sí paga sus impuestos. Hoy están compitiendo en ese precio con uno que sí lo está pagando".

"Si toman la decisión de trasladarlo, entonces los usuarios que compran eso podrán analizar si le siguen comprando al que aumenta los precios o al otro que venía compitiendo con el que no pagaba los impuestos, aquella persona que tiene un local a la calle, que paga el alquiler, el ABL del local y también paga Ingresos Brutos cada vez que vende un juego, una actualización o una película", argumentó.

La AGIP aclaró que la Resolución 593 alcanza "a los abonos para películas, series y otros tipos de entretenimiento audiovisual que se transmiten por internet a televisores, computadoras y otros dispositivos, como también a la suscripción para comprar y/o alquilar contenidos digitales relacionados con música, juegos, videos o similares".

"No alcanza a libros, que ya se encuentran exentos en sus versiones tradicionales, ni a programas operativos para computación", especificaron en un comunicado. Télam

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