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ARBA suma a las billeteras virtuales al régimen de Ingresos Brutos
Desde octubre, los pagos digitales estarán alcanzados por retenciones impositivas, con el fin de equiparar su tratamiento con el de las cuentas bancarias.
Hace 5 horas.
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) dispuso que, a partir del 1° de octubre de 2025, las billeteras virtuales y cuentas de pago quedarán incluidas en el régimen de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. La medida fue oficializada mediante la Resolución Normativa 25/2025, publicada en el Boletín Oficial bonaerense.
El nuevo esquema obliga a los Proveedores de Servicios de Pago (PSPOCP) a actuar como agentes de recaudación, aplicando retenciones sobre los montos acreditados en las cuentas digitales, tanto en pesos como en moneda extranjera —excepto dólares estadounidenses—.
La normativa aclara que estarán alcanzados los contribuyentes bonaerenses de Ingresos Brutos y los incluidos en el Convenio Multilateral. Quedan exceptuadas las jubilaciones, pensiones, sueldos, operaciones de exportación, plazos fijos, fondos comunes de inversión, devoluciones de impuestos y planes sociales.
El régimen entrará en vigor el 1° de octubre para los proveedores ya designados en otras jurisdicciones, mientras que para el resto será obligatorio desde el 1° de noviembre de 2025. Según ARBA, el objetivo es equiparar el tratamiento fiscal entre las operaciones digitales y las bancarias, reforzando los mecanismos de control tributario.