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Economía y Empresas | Resolución General 5711/25

ARCA lanza un nuevo régimen para regularizar deudas impositivas y aduaneras sin perdón de intereses ni sanciones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementa a partir del 1° de julio un plan para facilitar el pago de obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas hasta abril de 2025, orientado a personas físicas, pymes y sectores específicos. El régimen, oficializado por la Resolución General 5711/25, no contempla quitas sobre intereses ni liberación de multas.


Hace 18 horas.

Con la mira puesta en fortalecer el cumplimiento tributario y ofrecer alivio a los contribuyentes con deudas atrasadas, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó un nuevo régimen especial de facilidades de pago. La medida, que quedó plasmada en la Resolución General 5711/25 publicada en el Boletín Oficial, permitirá a diversos actores económicos regularizar sus obligaciones vencidas hasta el 30 de abril de 2025.

El plan entrará en vigencia a partir del 1° de julio de 2025, fecha desde la cual los contribuyentes podrán comenzar a presentar sus solicitudes para acogerse al régimen. Este abanico de posibilidades está abierto a personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y otros contribuyentes específicos.

¿Qué deudas se pueden regularizar?

  • Deudas impositivas y aportes a la seguridad social.

  • Obligaciones correspondientes al Monotributo.

  • Retenciones y percepciones impositivas.

  • Tributos aduaneros vinculados a importación o exportación.

  • Liquidaciones en proceso de infracción y sus intereses, según el Código Aduanero (Ley N.º 22.415 y modificaciones).

Es importante destacar que esta regularización no implica ninguna reducción en los intereses acumulados ni la liberación de sanciones aplicables, marcando un perfil de plan estricto pero accesible.

Condiciones y beneficios del régimen
Entre las particularidades que diferencian a este plan de otros anteriores, se encuentran:

  • No hay límite en la cantidad de planes que un contribuyente puede presentar.

  • La fecha de consolidación de la deuda será la fecha de adhesión al régimen, lo que facilita la organización de los pagos.

  • El sistema de financiación contemplará pagos a cuenta y cuotas mensuales con una tasa fija, cuyos detalles específicos se definirán próximamente en una normativa complementaria.

Este régimen representa una herramienta clave para quienes buscan ponerse al día con sus obligaciones fiscales sin enfrentar condonaciones, pero con la posibilidad de ordenar el pago en condiciones accesibles y formales.

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