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Política | Hecho judicial histórico

Cristina Kirchner condenada: No podrá ser candidata y enfrentará prisión por corrupción

La Corte Suprema confirmó por unanimidad la sentencia a seis años de prisión e inhabilitación perpetua contra la ex presidenta en la causa Vialidad. Es el hecho judicial más trascendente desde el regreso de la democracia.


10-06-2025

En un fallo que marcará un antes y un después en la historia institucional del país, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este lunes la condena contra Cristina Fernández de Kirchner por su participación en una estructura de corrupción vinculada a la obra pública durante su gobierno. La ex mandataria fue sentenciada a seis años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, en el marco de la causa Vialidad, que investigó el direccionamiento de contratos a favor del empresario Lázaro Báez.

El máximo tribunal —con la firma unánime de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— ratificó lo resuelto previamente por el Tribunal Oral Federal N.º 2 y la Cámara de Casación Penal, dejando firme la condena y el decomiso de bienes por más de 84.000 millones de pesos.

Con esta decisión, Cristina Kirchner se convierte en la segunda ex presidenta argentina en ser condenada penalmente en democracia, después de Carlos Menem. La sentencia también alcanza a otros ocho exfuncionarios y empresarios, entre ellos Lázaro Báez y José López, y confirma una trama de desvío de fondos millonarios del Estado, a través de licitaciones irregulares en la provincia de Santa Cruz.

Si bien el Tribunal Oral Federal 2 deberá definir ahora la modalidad de cumplimiento de la pena, todo indica que se le podría otorgar el beneficio del arresto domiciliario por su edad (71 años), aunque ya no podrá competir electoralmente, lo que frustra su intención de postularse en los próximos comicios legislativos.

En su resolución, la Corte detalló que la sentencia fue producto de una extensa valoración probatoria, sin vulneraciones al debido proceso, y que la defensa de la ex presidenta no logró impugnar de forma concreta los fundamentos de la condena. Entre las pruebas se destacó la relación comercial directa entre las empresas de Báez y los negocios hoteleros de la familia Kirchner, así como la intencionalidad manifiesta de beneficiar económicamente a su entorno en perjuicio del Estado.

Con esta decisión, el máximo tribunal consolida una jurisprudencia contundente sobre delitos contra la administración pública, y envía un mensaje institucional: nadie está por encima de la ley, ni siquiera quienes ocuparon la máxima magistratura del país.

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