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Sociedad | Entre Ríos

¿Debe un padre seguir pagando cuota alimentaria después de los 21? Un fallo que reabre el debate

La Justicia entrerriana confirmó que un padre deberá continuar pagando la cuota alimentaria a su hijo de 22 años, estudiante de Ingeniería Civil, al considerar que la intensidad de la carrera le impide mantener un empleo.


18-11-2025

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó –por mayoría– que un padre deberá seguir aportando una cuota alimentaria equivalente a medio salario mínimo, aun cuando su hijo ya superó la mayoría de edad.

La decisión llegó luego de analizar el caso de un joven de 22 años que cursa Ingeniería Civil en la UTN y acumula buenas calificaciones y 14 materias aprobadas, elementos que la Justicia consideró suficientes para demostrar que la carga horaria de la carrera —que ronda las 32 horas cátedra semanales— vuelve prácticamente imposible sostener un empleo formal en paralelo.

Un artículo clave: el 663 del Código Civil y Comercial

La sentencia se apoya en lo dispuesto por el artículo 663, que permite extender la cuota alimentaria hasta los 25 años siempre que el hijo pruebe que la intensidad de sus estudios le impide trabajar y obtener ingresos propios.
El tribunal remarcó que no se trata de una prolongación automática: debe existir prueba concreta o, al menos, una presunción fundada de la incompatibilidad entre estudio y trabajo.

¿Qué pruebas aportó y cuáles no?

El joven no presentó constancias formales de horarios de cursado, pero la Cámara y la mayoría del STJ entendieron que la información pública sobre la carrera, sumada al desempeño académico, bastaba para acreditar su situación.
En cambio, el voto disidente del juez Carlos Tepsich sostuvo que la prueba era insuficiente y señaló que el estudiante realizaba actividades lucrativas informales, como la venta de pasteles.

Los argumentos del padre

El progenitor había sostenido que el hijo no demostró la imposibilidad de trabajar y alegó que él mismo solo realiza changas. También mencionó supuestas propiedades a nombre del hijo, aunque esto no fue determinante para el tribunal.

La decisión final

Más allá de las dificultades económicas del padre, la Justicia concluyó que la necesidad del hijo estaba suficientemente acreditada y que la obligación alimentaria debía mantenerse conforme a derecho.

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