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Sociedad | Decreto 397/2025

El Gobierno habilita el acceso civil a armas semiautomáticas bajo control especial

Con la firma de Javier Milei, el Ejecutivo derogó una prohibición histórica que regía desde 1995. A través de un nuevo régimen administrado por la ANMAC, se autoriza la tenencia civil de armas semiautomáticas de uso militar, bajo condiciones estrictas. El debate por el acceso a estas armas se reabre en Argentina, ahora bajo la lógica de "uso deportivo".


Hace 6 horas.

El Gobierno nacional modificó este martes el régimen de control de armas vigente desde hace tres décadas, habilitando por primera vez el acceso civil a armas semiautomáticas derivadas del uso militar. La medida se oficializó mediante el Decreto 397/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich.

A partir de ahora, los legítimos usuarios con credenciales vigentes podrán solicitar una autorización especial para adquirir y tener fusiles, carabinas o subametralladoras semiautomáticas con cargadores extraíbles y calibre superior al .22 LR. El proceso estará estrictamente controlado por la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), que evaluará cada caso bajo un régimen de "usos deportivos probados", como la caza o el tiro deportivo.

La norma deroga el Decreto 64/1995, que prohibía de forma general la tenencia de este tipo de armamento a civiles, salvo excepciones puntuales. Según el Ejecutivo, la reforma busca actualizar un sistema considerado obsoleto, que generaba vacíos legales sobre armas ya registradas, muchas de las cuales quedaron en situación irregular tras la muerte de sus propietarios.

“Se busca compatibilizar el derecho individual con las exigencias de la seguridad pública”, argumentaron desde el Ministerio de Seguridad.

El nuevo marco legal establece que la ANMAC tendrá la potestad de decidir si un usuario puede acceder a estas armas, basándose en criterios objetivos que incluirán antecedentes, fines lícitos y cumplimiento normativo.

Contexto legal:
La Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, vigente desde 1973, distingue entre armamento de uso civil y militar. El decreto de 1995 fue uno de los pilares del control restrictivo de armas instaurado en los 90, y su derogación representa un cambio de enfoque profundo en la política armamentista del país.

Aunque el Gobierno sostiene que la medida responde a una necesidad de modernización y ordenamiento, el debate sobre la tenencia civil de armas semiautomáticas vuelve a instalarse, esta vez bajo la bandera del “uso deportivo”, pero con implicancias que exceden lo recreativo.

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