EconomÃa y Empresas | Régimen Penal Tributario
El Gobierno impulsa la «Inocencia Fiscal» y redefine la evasión en Argentina
El proyecto propone elevar de forma inédita los montos para considerar una evasión penal, acortar la prescripción y permitir el uso de dinero no declarado sin necesidad de justificar consumos personales. La iniciativa busca "desjudicializar" el sistema y habilitar la circulación de los dólares guardados fuera del circuito formal.
Hace 9 horas.
El Gobierno presentó en el Congreso el proyecto de ley de “Principio de Inocencia Fiscal”, una iniciativa que promete transformar el Régimen Penal Tributario y reducir drásticamente las investigaciones por evasión, al tiempo que impulsa la incorporación de fondos no declarados al mercado.
El texto, según fuentes oficiales, apunta a “blindar” legalmente a quienes utilizan ahorros en dólares no declarados, además de simplificar el control de consumos personales para evitar que esos movimientos desencadenen inspecciones o procesos judiciales.
La propuesta reconfigura el sistema a través de cinco ejes centrales:
1. Umbrales de evasión inéditos
El proyecto eleva de manera excepcional los montos a partir de los cuales una persona puede ser investigada por evasión fiscal:
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Evasión simple: pasa de $1,5 millones a $100 millones.
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Evasión agravada: escala de $15 millones a $1.000 millones.
Un cambio que, de aprobarse, limitaría casi por completo la vía penal tributaria para pequeños y medianos contribuyentes.
2. Prescripción más corta
Los plazos para reclamar impuestos no declarados se reducen de 5 a 3 años, acotando la capacidad de ARCA para iniciar acciones o denuncias.
3. Régimen para quienes usan “dólares bajo el colchón”
Se crea un régimen simplificado de Ganancias para personas con ingresos menores a $1.000 millones y patrimonio inferior a $10 mil millones, eliminando la obligación de detallar consumos personales.
Esto facilita el uso de dinero no declarado en compras y gastos cotidianos sin riesgo de ser investigado.
4. Menos denuncias penales
ARCA no presentará denuncias si el contribuyente paga la deuda antes del inicio de la acción penal, o si cancela el total con intereses y un recargo del 50% en los 30 días posteriores al inicio de la investigación.
5. Multas que se disparan
Las sanciones formales aumentan de manera notable: la multa por no presentar una Declaración Jurada sube de $200 a $220.000 para personas, y $440.000 para sociedades.