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Sociedad | Derechos de autor

Gobierno elimina pago a SADAIC por música en eventos privados, hoteles y bares

Un nuevo decreto redefine la "ejecución pública" y exime a salones de fiestas, hoteles y bares de abonar derechos de autor por reproducción musical en ámbitos privados.


28-08-2024

El Gobierno nacional ha emitido un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modifica significativamente la regulación sobre derechos de autor y reproducción musical en espacios privados. Esta medida, publicada en el Boletín Oficial como decreto 765/2024, actualiza el decreto reglamentario 41.233/1934.

La principal novedad radica en la redefinición de 'ejecución pública'. Según el nuevo decreto, esta se considera como aquella que ocurre en un espacio de acceso público dirigido a una pluralidad de personas, independientemente de sus fines. Esto implica que eventos en salones de fiestas, hoteles, bares y restaurantes que se desarrollen "en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal" quedarán exentos de pagar a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC).

Anteriormente, SADAIC cobraba un 8% sobre los ingresos totales por venta de tarjetas o menús en eventos como fiestas empresariales, comerciales e institucionales, o alternativamente, el 40% del 20% de los ingresos brutos totales por cada evento.

El decreto también actualiza la normativa para incluir los medios tecnológicos y digitales modernos, como las plataformas de streaming, reconociendo su uso generalizado y fácil acceso en la población actual.

Esta medida representa un cambio significativo en la ley de propiedad intelectual y el cobro de cánones por el uso de música en el ámbito privado, adaptándose a las realidades tecnológicas y sociales contemporáneas.

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