Sociedad | Actualización del Salario MÃnimo
Jubilados: Plus retroactivo de $9.997 ¿Quiénes lo cobrarán?
La reciente actualización del salario mÃnimo en Argentina impacta en los haberes de jubilados y pensionados de Anses que perciben hasta $181.052. Descubre quiénes son alcanzados por este beneficio adicional y cómo se calcula.
04-05-2024
Un grupo específico de jubilados y pensionados en Argentina recibirá un suplemento adicional en sus haberes como resultado de la actualización del salario mínimo. Aquellos que hayan percibido hasta $181.052 durante el mes de abril verán un incremento retroactivo en sus pagos, siendo el máximo extra de $9.997,30.
La raíz de este beneficio se encuentra en una resolución de la secretaría de Trabajo de 2018 que establece una garantía para los pasivos: no pueden recibir menos del 80% del salario mínimo, vital y móvil. Sin embargo, esta disposición aplica únicamente a aquellos que obtuvieron su jubilación sin recurrir a moratorias, un mecanismo utilizado por la mayoría de las jubilaciones mínimas.
En términos concretos, con el salario mínimo fijado en $221.052 para abril y $234.315,12 para mayo, el pago de este suplemento tiene un efecto retroactivo. Por ejemplo, en abril, con el 82% del salario mínimo siendo $181.262,64 y la jubilación mínima en $171.283,31, el suplemento asciende a $9.997,30 para quienes reciben el ingreso básico. Para aquellos con haberes superiores al mínimo pero no excediendo los $181.262,64, como en el caso de un ingreso de $175.000, el adicional sería de $6.262,64.
En mayo, con el 82% del salario mínimo en $192.138,40 y una jubilación mínima de $190.141.60 (tras un ajuste del 11% por inflación), el suplemento es menor, con un máximo de $1.996,80 para los beneficiarios del haber mínimo. Con ingresos ligeramente superiores, como $191.000, el extra sería de $1.138,40.
Este plus retroactivo representa un alivio financiero para aquellos jubilados y pensionados que se encuentran en los tramos más bajos de ingresos, asegurando que sus haberes no queden por debajo del 80% del salario mínimo establecido por ley.