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Sociedad | Cambios profundos

Una reforma que redefine el trabajo: El Gobierno avanza con la nueva Ley de Modernización Laboral

El proyecto introduce cambios profundos en contratación, indemnizaciones, convenios, jornada, licencias y contribuciones. Apunta a reducir la litigiosidad, flexibilizar esquemas y promover la formalización.


12-12-2025

La Casa Rosada envió al Senado la Ley de Modernización Laboral, un paquete de cambios estructurales que reconfigura el sistema de empleo argentino: desde la registración, la organización de la jornada, los mecanismos de despido, la negociación colectiva, hasta los beneficios, licencias, indemnizaciones y el régimen de contribuciones patronales. Con 79 páginas, se trata de la iniciativa más amplia de la gestión Milei en materia laboral, orientada a simplificar normas, reducir costos, achicar la litigiosidad y estimular la contratación formal.

Uno de los ejes centrales es la creación de un registro laboral unificado en ARCA, que será la única plataforma válida para inscribir trabajadores. La medida busca eliminar trámites duplicados, reducir burocracia y consolidar toda la información en un solo sistema.

El proyecto también introduce cambios amplios en la Ley de Contrato de Trabajo: redefine los conceptos que integran las indemnizaciones, habilita pactar salarios en moneda extranjera, amplía el uso de beneficios no remunerativos y endurece los requisitos para certificados médicos, que deberán incluir diagnóstico, tratamiento y reposo específico.

En materia de despidos, la reforma establece que las indemnizaciones laborales serán la única vía de reparación, suprimiendo reclamos adicionales por daños y perjuicios del Código Civil, con el objetivo declarado de bajar la litigiosidad. Además, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado con un aporte del 3% del salario, que será inembargable y administrado por entidades supervisadas por la CNV.

La iniciativa también modifica la negociación colectiva: se limita la ultraactividad, que mantenía vigentes convenios vencidos de manera indefinida. Con la nueva norma, sólo continuarán las cláusulas normativas hasta un nuevo acuerdo. A su vez, se fortalece la autonomía de convenios sectoriales y se reglamenta el carácter no remunerado de las asambleas sindicales.

La reforma laboral incorpora además el banco de horas, que permite compensar tiempos de trabajo respetando las 12 horas mínimas de descanso, facilitando esquemas flexibles sin generar horas extras tradicionales. También reorganiza el sistema de vacaciones, habilitando su fraccionamiento en períodos no menores a siete días y garantizando al menos un período de descanso estival cada tres años.

Otro capítulo clave es el de remuneraciones: los beneficios sociales se consolidan como no remunerativos, se crean componentes dinámicos sin ultraactividad y todo salario deberá pagarse por medios electrónicos. Se ajusta también el régimen de recibos y deducciones.

La ley impacta en las licencias por enfermedad, endureciendo los requisitos para validar certificados y estableciendo juntas médicas en caso de discrepancias. A la vez, avanza con el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que otorga contribuciones patronales reducidas durante cuatro años a quienes contraten trabajadores sin empleo formal reciente.

El texto también regula a los trabajadores de plataformas, reconociéndolos como prestadores independientes con obligaciones específicas para las empresas de reparto y mensajería.

En paralelo, se incorporan modificaciones sobre huelga, servicios esenciales, bloqueos de empresa y prácticas sindicales, limitando asambleas, regulando deducciones y ajustando la tutela sindical. Para las casas particulares, se extiende el período de prueba a seis meses y se impone el recibo electrónico como regla.

Por último, el proyecto incluye cambios tributarios: reducción de alícuotas de Ganancias corporativo, impulso a la inversión mediante amortización acelerada y un paquete de medidas para “simplificar y reducir costos”, manteniendo —según el Gobierno— el objetivo de equilibrio fiscal.

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