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Sociedad | Reposteo polémico

La familia de Ian Moche demanda a Milei por difundir contenido agraviante contra el niño

El presidente reposteo un mensaje en redes que Ian y su familia consideran ofensivo, discriminatorio y dañino. La demanda reclama que elimine la publicación y se abstenga de conductas similares, apelando a tratados internacionales y principios constitucionales.


24-06-2025

La familia de Ian Moche, un niño de 12 años con autismo y referente en la visibilización de los derechos de personas neurodivergentes, presentó una demanda judicial contra el presidente Javier Milei por haber compartido, con aval, un posteo agraviante contra él en la red social X. La acción legal solicita que el mandatario elimine dicha publicación y se abstenga de replicar contenidos similares.

Según la presentación, el reposteo de Milei vulnera el principio del interés superior del niño, y se encuadra como una acción con consecuencias jurídicas, al tener una carga institucional por su investidura presidencial. “No se trata de una mera acción técnica, sino de un acto comunicativo con intencionalidad propia”, afirma la demanda.

En la presentación judicial, Ian explicó su diagnóstico, su proyecto de vida y destacó que desde el año 2022 realiza “un activo trabajo de difusión y concientización social sobre el autismo”. Asimismo, narró: “En marzo de 2024, me reuní junto a mi madre con el Director de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), el Señor Diego Spagnuolo. En dicha reunión, el funcionario le manifestó a mi madre y a mí que si había tenido un hijo con discapacidad era un problema familiar pero no del Estado”.

Días después, un usuario compartió imágenes de Ian junto a referentes políticos como Cristina Fernández de Kirchner y Sergio Massa, y lo acusó de tener motivaciones partidarias. Milei reposteó ese mensaje, sumando un comentario propio, lo que fue interpretado como una adhesión agraviante y discriminatoria.

La demanda enfatiza que esa acción presidencial “no es una opinión privada sino un acto estatal con implicancias institucionales”, y cita normativas como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Asimismo, menciona el artículo 19 de la Constitución Nacional, que limita la libertad individual cuando una acción perjudica a un tercero.

La causa quedó radicada en el Juzgado Federal N°4 de La Plata y cuenta con el patrocinio probono del abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.

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