Economía y Empresas | Provincia de Buenos Aires
Con el fin de apoyar a los municipios en el cumplimiento del decreto 438/23 que establece asignaciones no remunerativas, el gobierno bonaerense establece un Fondo Especial de Asignaciones Extraordinarias Salariales.
El gobierno de la provincia de Buenos Aires ha formalizado la creación del Fondo Especial de Asignaciones Extraordinarias Salariales para Municipios a través del decreto 1610/2023, publicado en el Boletín Oficial. El propósito de este fondo es brindar apoyo a los municipios de la provincia para el pago de una asignación no remunerativa extraordinaria a los trabajadores municipales.
El decreto enfatiza que este fondo tiene como objetivo permitir que los municipios afronten el pago de una suma fija, similar a la otorgada por el Poder Ejecutivo Nacional a través del decreto 438/2023. Esta asignación no remunerativa se dirige a empleados del sector público y privado cuyos salarios netos no superen los $400,000 y se pagará en dos cuotas.
El fondo se financiará con recursos de rentas generales de la provincia, Aportes del Tesoro Nacional y otras fuentes determinadas por la autoridad de aplicación. Inicialmente, el fondo contará con hasta $4,000 millones, con la posibilidad de ampliarse hasta $8,000 millones.
La solicitud de ayuda financiera debe ser presentada por el municipio y puede ser realizada por el intendente o el contador de cada distrito. En la solicitud, se debe detallar el monto total necesario para el pago de la asignación no remunerativa extraordinaria, junto con una declaración jurada que justifique dicho monto. Esta declaración deberá incluir la cantidad de empleados municipales que serán beneficiarios y los montos de las asignaciones.
El decreto establece que las asistencias financieras serán de hasta el 50% del monto informado por el municipio y serán reembolsables. Los municipios deberán reintegrar los montos otorgados a la provincia en noviembre o diciembre de 2023, sin generar intereses ni gastos administrativos adicionales.
Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de reembolso, los municipios deberán autorizar expresamente al Ministerio de Hacienda de la provincia de Buenos Aires a retener los montos correspondientes de los recursos que les corresponda por el Régimen de Coparticipación de Impuestos.
Además, se establece que los fondos transferidos deben destinarse exclusivamente al pago de asignaciones no remunerativas extraordinarias para los empleados municipales. Esta medida busca facilitar el cumplimiento del decreto 438/23 y garantizar el apoyo necesario a los trabajadores cuyos salarios netos se encuentren dentro de los límites establecidos.
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