13/07/2007 - Buenos Aires - Por mayoría, la Corte Suprema declaró nulo el indulto que en 1989 benefició al ex general Santiago Riveros, procesado por delitos aberrantes cometidos en el complejo militar de Campo de Mayo, a las afueras de Buenos Aires, donde funcionó uno de los mayores centros clandestinos de detención montados por la dictadura (1976-1983).
La decisión sienta jurisprudencia para el resto de los casos en que los indultos concedidos por el entonces presidente, Carlos Menem (1989-1999), bajo el pretexto de "reconciliar al país", fueron una traba para enjuiciar a los militares e integrantes de otras fuerzas de seguridad por violaciones de los derechos humanos.
En su sentencia, la Corte hizo especial mención a la jurisprudencia internacional en materia de derechos humanos, incorporada a la Constitución argentina en 1994, que marca que los delitos de lesa humanidad no prescriben y deben ser esclarecidos y sus culpables identificados.
Con su decisión, el Supremo corona una ciclo iniciado en 2004 cuando, al emitir un fallo por el asesinato del general chileno Carlos Prats y su esposa, cometido en 1974 en Buenos Aires, declaró que los delitos de lesa humanidad, como las violaciones de los derechos humanos, son "imprescriptibles".
En 2005 otro fallo de la Corte declaró inconstitucionales las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, dictadas a mediados de los años 80, que libraron de responsabilidad a más de un millar de represores de la dictadura.
La anulación de estas normas en 2003 por parte del Parlamento argentino impulsó la reapertura de unas 900 causas por delitos de represión en el último gobierno de facto, pero la cuestión de los indultos seguía estando pendiente.
Desde que asumió el gobierno en 2003, el presidente argentino, Néstor Kirchner, cargó varias veces contra los indultos, aunque aclaró que la única vía para derogarlos era la judicial.
Riveros fue comandante entre 1975 y 1978 de los Institutos Militares en Campo de Mayo, en donde funcionaba el Hospital Militar, escenario macabro donde se concretó el robo de bebés nacidos en partos clandestinos durante el cautiverio ilegal de sus madres.
El ex general fue señalado por las Abuelas de Plaza de Mayo, que denunciaron un plan sistemático instrumentado por la dictadura para apropiarse de 194 recién nacidos en cautiverio.
En noviembre del 2004, un juez anuló el indulto que benefició a Riveros, pero en marzo del año siguiente un tribunal de segunda instancia de la localidad bonaerense de San Martín revocó aquella medida.
El expediente llegó entonces a la Corte Suprema, pero ésta lo remitió a la Cámara de Casación Penal, el máximo tribunal penal de Argentina, que en septiembre de 2006 consideró nulo el "perdón" concedido a Riveros, fallo que fue apelado por la defensa del ex general por lo que el caso volvió a manos del Supremo.
Riveros cumple actualmente prisión preventiva por ser considerado uno de los organizadores del Plan Cóndor, como se denominó a la coordinación de acciones represivas por parte de las dictaduras del Cono Sur en los años 70 y 80.
Además, el ex militar fue condenado a cadena perpetua en 2000 por un tribunal de Italia, que lo enjuició en ausencia por la desaparición de ocho ítalo-argentinos.
Aunque el fallo de hoy se circunscribe al caso Riveros, alcanza al decreto por el que Menem indultó en 1989 a militares procesados en una treintena de causas por homicidios, privaciones ilegales de libertad y otros delitos cometidos por un régimen sangriento que, según datos oficiales, dejó 18.000 desaparecidos, cifra que los organismos humanitarios elevan a 30.000.
Esa medida de Menem benefició, entre otros, a los tenientes generales Leopoldo Galtieri y Cristino Nicolaides; los generales Juan Bautista Sasiaiñ, José Montes, Andrés Ferrero, Adolfo Sigwald, Jorge Olivera Rovere y Albano Harguindeguy.
Menem firmó con posterioridad otros decretos por los que indultó a civiles acusados de subversión contra las fuerzas militares durante la dictadura y a militares que actuaron durante alzamientos tras el restablecimiento de la democracia, pero no están alcanzados por el fallo emitido hoy por la Corte. EFE