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Sociedad | FALLO JUDICIAL

Establecen tope del 25% de los ingresos, a la cuota de deudores hipotecarios UVA

El fallo judicial establece como tope de cuota el 25% de los ingresos netos de los deudores hipotecarios UVAS.


12-09-2022

La medida cautelar innovativa a favor de tomadores de créditos UVAS, fue dictada por la Dra. Carmen Helena Carbone, a cargo del Juzgado de primera instancia en lo civil y comercial Nº 6 de Posadas, Misiones, a partir de una demanda interpuesta por el Dr. José Bernardo Díaz. El fallo, establece como tope de cuota el 25% de los ingresos netos –de bolsillo- de los deudores hipotecarios UVAS, hasta tanto se resuelva la demanda principal de revisión contractual, y durante un período de negociación de 90 días entre el banco y los tomadores del crédito.

El Colectivo Nacional Hipotecados UVA Autoconvocados, destacó la “celeridad judicial” del aludido Juzgado, puesto que en una semana la Jueza resolvió el fallo de forma “muy expeditiva”, fundado en que “se resguardan los derechos y garantías constitucionales y en los tratados internacionales con tal jerarquía, a efectos de proteger los derechos de los accionantes y sus familias”.

La jueza señala que: “Es el norte que da sentido a las disposiciones cautelares expuestas, teniendo como relevante que se trata de la vivienda, sede de unión y habitación, de desarrollo y crecimiento del núcleo básico de nuestra sociedad, ´la familia`”.

Asimismo, hace mención a las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor (cfme. Resolución N° 70/186 de la AG, 22/12/2015) que establecen, en su parte pertinente, que los Estados Miembros deben, según proceda, establecer o fomentar: a) “Políticas para la regulación y la aplicación efectiva de las normas en el ámbito de la protección del consumidor de servicios financieros [...] f) La actuación responsable de los proveedores de servicios financieros y sus agentes autorizados, en particular en lo que respecta a la concesión responsable de préstamos y la venta de productos que se ajusten a las necesidades y los medios del consumidor...” (art. 66).

En comunicación con InfoGEI, el colectivo de autoconvocados informó que el dictamen, también tiene en cuenta, el impacto de las variaciones de los precios, “en las economías familiares de los consumidores durante y después de la pandemia estará, sin dudas, atravesado por el sobreendeudamiento; y en este sentido las respuestas deberán construirse sobre pautas de equidad”, así como “el desfase entre las previsiones inflacionarias proyectadas por el gobierno al tiempo de lanzarse al mercado los créditos UVA y la evolución real que tuvieron en el país los índices de inflación”, concluyeron. (InfoGEI)

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