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Sociedad | Amparo presentado por APLA

Revés judicial frente al decreto de esencialidad aeronáutica

Un juzgado laboral suspende la medida del Gobierno de Milei que declaraba como servicio esencial la actividad aeronáutica, en respuesta a un amparo presentado por APLA.


27-09-2024

En un giro inesperado para la administración de Javier Milei, el Juzgado del Trabajo N°42 ha suspendido cautelarmente los Decretos 825/24 y 831/24, que declaraban la esencialidad de la actividad aeronáutica. Esta decisión judicial, liderada por el juez Ricardo Hierrezuelo, responde al amparo presentado por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA).

El fallo se fundamenta en la protección constitucional del derecho a huelga, argumentando que la reglamentación propuesta por el Gobierno viola principios fundamentales consagrados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales. El juez Hierrezuelo enfatizó que cualquier limitación a este derecho debe analizarse con "extrema prudencia y excepcionalidad".

Esta resolución judicial marca un precedente significativo en el conflicto entre el Gobierno y los sindicatos del sector aeronáutico. Además, se suma a otro revés reciente para la Casa Rosada, donde se desestimó una denuncia contra Pablo Biró, líder de APLA, por supuesta incitación a la violencia.

El fallo subraya la importancia del diálogo y la negociación en los conflictos laborales, recordando que Argentina carece de una regulación específica sobre huelgas en servicios esenciales. Esta situación plantea desafíos para la administración de Milei en su manejo de conflictos laborales y su relación con los sindicatos.

APLA, por su parte, ha reafirmado su compromiso de actuar dentro del marco legal, prometiendo responder a cada "ilegalidad" con mayor convicción en sus reclamos. Este escenario sugiere un prolongado debate sobre los límites del derecho a huelga y la definición de servicios esenciales en Argentina.

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