La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal aceptó un recurso del Gobierno y abrió la vía para revisar la intimación por el incumplimiento de una medida cautelar. La resolución no define si continúan vigentes las sanciones económicas diarias.
La Justicia federal habilitó la revisión de la decisión que derivó en multas contra el jefe de Gabinete, Diego Santilli, en el marco del conflicto por la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario. La resolución se conoció el jueves 15 de octubre, en coincidencia con la quinta Marcha Federal Universitaria.
La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a un recurso de queja presentado por el Gobierno, luego de que un juez de primera instancia rechazara una apelación contra la intimación para cumplir una medida cautelar.
Sin embargo, la Cámara no resolvió expresamente si las multas diarias siguen vigentes ni determinó si el Poder Ejecutivo cumplió con lo ordenado judicialmente.
Los camaristas consideraron que el rechazo de la apelación podía ocasionarle al Estado un “gravamen irreparable”, por lo que habilitaron la revisión del planteo oficial.
En su resolución, aclararon que la decisión no supone anticipar una conclusión sobre el cumplimiento de la medida cautelar. Por lo tanto, el alcance concreto de la revisión deberá determinarse en el trámite judicial.
La controversia gira en torno a las denominadas astreintes, sanciones económicas que pueden imponerse para presionar al cumplimiento de una orden judicial. En este caso, se había establecido una multa de $100.000 por día ante la falta de cumplimiento dentro del plazo fijado.
La información inicial también mencionaba una suma de $2.100 vinculada con el caso, aunque ese monto no coincide con el valor diario de las astreintes consignado en los antecedentes de la resolución.
El expediente se originó en una decisión del juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick, quien el 22 de septiembre intimó al Gobierno a cumplir una medida cautelar en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de aplicar sanciones económicas.
El Ministerio de Capital Humano apeló esa decisión, pero el magistrado rechazó el recurso el 30 de septiembre. Entre sus argumentos, sostuvo que no se había demostrado la existencia de un perjuicio concreto y actual que justificara la apelación.
Ante esa negativa, el Estado presentó un recurso de queja ante la Cámara, que finalmente habilitó la revisión.
La resolución lleva las firmas del juez de Cámara Sergio Gustavo Fernández y de los jueces subrogantes José Luis López Castiñeira y Jorge Eduardo Morán.
La decisión judicial se conoció en una jornada marcada por una nueva movilización universitaria frente al Congreso, donde estudiantes, docentes y organizaciones reclamaron el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario.
El caso mantiene abierto el enfrentamiento entre el Gobierno nacional y los sectores universitarios por la aplicación de la normativa y las obligaciones presupuestarias derivadas de ella.
La habilitación del recurso no equivale a una resolución definitiva sobre el fondo del conflicto: la Cámara abrió la posibilidad de revisar la intimación, pero dejó sin una definición expresa la continuidad de las multas diarias y el cumplimiento efectivo de la cautelar.
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