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SERVICIO DOMESTICO. Remuneraciones y Sistema Previsional

Publicado el 20/2/2009 a las 09:54 AM - Publicar Comentario

REMUNERACIONES DEL SERVICIO DOMESTICO  (Actualizado al 14/03/09)

En la República Argentina el Servicio Doméstico está contemplado en el DEC.LEY 326/56, el cual fue ratificado tácitamente en su vigencia por la Ley de Contrato de Trabajo, cuando excluye del Régimen General de Contrato a los empleados del servicio doméstico, y también tácitamente ratificado por la Ley 25239 en su Título XVIII.
Es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el que tiene a su cargo fijar las cotizaciones mínimas para las distintas categorías del Servicio Doméstico, tanto en lo que hace a remuneraciones como a aportes previsionales.
La RES 1306/2007 fija las nuevas escalas salariales para el servicio doméstico. En su ANEXO II se refiere a las escalas que rigen desde el 1º de marzo de 2008, que son las que están vigentes al día de la fecha.
Desde el 01/03/2008, las remuneraciones para las distintas categorías del Servicio Doméstico son:
CATEGORÍA 1ª. "Institutrices, Preceptores, Gobernantas, Amas de Llaves, Mayordomos, Damas de COmpañía y Nurses" $1565,00 mensuales.

CATEGORIA 2ª. "Cocineros/as especializados/as, mucamos/as especializados/as, niñeros/as especializados/as, Valets y Porteros de casas particulares" $1452.00 mensuales.

CATEGORIA 3ª. "Cocineros/as, mucamos/as, niñeros/as en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes, caseros/as y jardineros/as" $1273.00 mensuales.

CATEGORIA 4ª. "Aprendices en general de 14 a 17 años de edad" $1142.00 mensuales.

CATEGORIA 5ª. "Personal con retiro que trabaja diariamente" $ 1142.00 mensuales
$8.70 por hora.

PLANCHADORAS, LAVANDERAS, PERSONAL DE LIMPIEZA, PERSONAL AUXILIAR DE CASAS PARTICULARES, por un trabajo de 04 (cuatro) horas diarias máximo: $ 571.00 mensuales. Cada hora que exceda de las cuatro horas diarias, se considera extra y debe abonarse a razón de $8.70 la hora.

COTIZACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Las cotizaciones de la seguridad social para el Servicio Doméstico, se fija en forma independiente de la remuneración. Con dicho aporte, el servicio doméstico puede acceder a una obra social y al beneficio jubilatorio.
Estos aportes se efectúan mediante el formulario F.102/AFIP "Aportes y Contribuciones"por el aporte que le corresponde al "dador de trabajo". Si el titular quiere adscribir como adherente a la obra social a algún familiar, entonces debe efectuar un aporte adicional mediante el Formulario F. 575/AFIP "pagos Voluntarios.

FORMULARIO F.102/AFIP "Aportes y Contribuciones"
Este formulario se compone de tres campos.
El primero corresponde a los aportes y contribuciones. Se debe tildar en el "tipo de trabajador" (Activo, Jubilado o Menor) la cantidad de horas que trabaja semanalmente y luego completar inmediatamente más abajo con númers y letras la cotización que corresponde al tilde.
Desde DICIEMBRE DE 2008, para los TRABAJADORES ACTIVOS, corresponde:
Desde 06 a menos de 12 hs. semanales------------------------------$20
Desde 12 a menos de l6 hs. semanales------------------------------$ 39
16 hs. semanales o más --------------------------------------------$81.75
Este importe incluye Obra Social y Jubilación.
Quienes hayan abonado por el período de diciembre 2008 $72, deben ingresar la diferencia, $9.75, mediante el formulario F.575, campo III "Obra Social" Diferencia de Aporte y adherente", que corresponde a los códigos 893; 893.- Esto se debe a que en diciembre los bancos aún no habían sido notificados del aumento y por lo tanto cobraron el importe vigente hasta noviembre 2008.

El Segundo campo es el recibo de pago que, firmado por el trabajador, quedará en poder del "Dador de trabajo" como constancia de que pagó la remuneración y efectuó el aporte. Es por esto último que el Nº del Ticket de pago que entrega el banco debe figurar en el recibo. (Yo recomiendo adherir al recibo dicho ticket).-

El Tercer campo corresponde al recibo de pago que, firmado por el "dador de trabajo" quedará en poder del trabajador. En este recibo también debe figurar el Nº de Ticket de pago que entrega el banco, y, como el banco entrega el ticket por duplicado, dicho duplicado se entrega (preferentemente adherido al recibo) al trabajador.


FORMULARIO F. 575 "Pagos Voluntarios"
Este formulario también cuenta con tres campos. ¿A qué se debe esto?
Si el trabajador no alcanza a cumplir las 16 horas semanales, el aporte que efectúa el "Dador de trabajo" no alcanza a cubrir la cuota mínima para acceder a la obra social y al beneficio jubilatorio en su momento.
Entonces, el Primer Campo" es para que el trabajador ingrese aportes vluntarios que le permitirán acceder a los beneficios de la seguridad social, y en su momento a una mejor jubilación si efectúa un aporte adicional.
El Segundo Campo es para que el trabajador ingrese la diferencia necesaria para alcanzar los aportes mínimos en el caso de que trabaje menos de 16 hs. por semana.
El Tercer Campo es para ingresar los aportes en caso de que quiera incluir como adherentes a los miembros de su grupo familiar.
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