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Nuevo marco legal para drones: Más innovación y seguridad en el espacio aéreo argentino
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó una regulación que simplifica y ordena la operación de aeronaves tripuladas a distancia, impulsando la tecnología y garantizando la seguridad aérea en todo el país.
Hace 8 horas.
La ANAC dio un paso fundamental con la aprobación de la Resolución N.º 550/2025, que establece la Parte 100, 101 y 102 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), orientadas a regular las operaciones de aeronaves tripuladas a distancia (RPA/RPAS), conocidas popularmente como drones. Esta normativa busca integrar de manera segura, eficiente y previsible estas tecnologías al sistema aeronáutico nacional, alineándose con estándares internacionales como los de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
El crecimiento exponencial del uso civil, comercial, científico y recreativo de drones exigió una respuesta moderna y flexible. La regulación clasifica las operaciones en niveles de riesgo para facilitar su aplicación:
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â La Parte 100 incorpora las disposiciones generales, definiciones, principios rectores y requisitos comunes que deben cumplir todos los operadores, incluyendo el registro de aeronaves, la identificación de operadores y las reglas de conducta operacional.
â La Parte 101 regula la categoría denominada “abierta”, destinada a operaciones de bajo riesgo operativo que no requieren autorización previa, como las que se realizan en zonas rurales o dentro del rango visual del operador, incluyendo las asistidas por medios de visualización de navegación. En este caso, no es obligatoria la licencia de piloto remoto, pero el operador debe demostrar conocimiento básico de espacio aéreo y normativa aplicable, en general. Estos conocimientos pueden adquirirse a través de medios provistos por la Autoridad Aeronáutica, de forma gratuita y simplificada.
â La Parte 102 establece el régimen para la categoría “específica”, que abarca operaciones de mayor complejidad, tales como vuelos en zonas urbanas, nocturnos o cercanos a aeropuertos, entre otras. En estas situaciones, se exige una evaluación de riesgos operativos, con sus consecuentes medidas de mitigación, y la autorización previa de la autoridad aeronáutica. El operador debe contar con un manual de operaciones, seguros, licencia de piloto remoto y, cuando corresponda, la obtención de un Certificado de Explotador de Trabajo Aéreo con RPAS.
El desarrollo de esta normativa contó con la colaboración de universidades, asociaciones especializadas, la Fábrica Argentina de Aviones (FAdeA) y otros actores del sector aeronáutico, asegurando un proceso transparente y basado en la legalidad.
Con esta medida, se busca fomentar un sector aeronáutico más competitivo y dinámico, evitando monopolios, incentivando la incorporación de nuevos actores y promoviendo la innovación tecnológica, especialmente en áreas rurales donde se abren nuevas oportunidades para la agroindustria.
Además, desde la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía se anticipan nuevas reformas regulatorias que complementarán y profundizarán este proceso de modernización, con el objetivo de consolidar un sistema aeronáutico más seguro, eficiente y accesible para todos.