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Sociedad | Secretaría de Industria y Comercio

Publicidades en radio, TV y gráfica más claras: Ya no más voces aceleradas ni letras ultra chicas

La Secretaría de Industria y Comercio establece nuevos requisitos para las leyendas en los anuncios publicitarios, con el objetivo de garantizar transparencia y comprensión para los consumidores.


25-04-2024

La lectura de los anuncios legales en los medios de comunicación ha sido durante mucho tiempo una tarea complicada, con letras diminutas y mensajes que se deslizan a velocidades incomprensibles. Sin embargo, con la nueva resolución 12/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se da un giro significativo hacia la claridad y la transparencia en las publicidades masivas.

La normativa establece cinco requisitos esenciales para las leyendas al pie del anuncio, simplificando la información que debe estar disponible para los consumidores. Ahora, los proveedores de bienes y servicios deberán asegurarse de que la información sobre alcance territorial, vigencia temporal, nombre o razón social, domicilio y número de CUIT esté claramente visible en la publicidad, eliminando cualquier ambigüedad que pueda generar confusión.

Además, se refuerza la obligación de que los anuncios radiales sean leídos de manera clara y comprensible. Esta medida busca garantizar que los consumidores puedan acceder fácilmente a la información relevante sobre los productos o servicios promocionados.

Una de las principales modificaciones es la relacionada con el tamaño y la duración de las leyendas en diferentes medios. Anteriormente, la tipografía mínima era de 2 milímetros y debía ocupar el 2% del espacio en la publicidad, pero ahora se establece un mínimo de 3 milímetros y un 5% de la pieza. En medios digitales y televisión, la duración mínima aumenta a 4 segundos de corrido.

Estos cambios tienen como objetivo primordial brindar información transparente y accesible a los receptores de los anuncios. Además, cuando se incluyan precios, se requerirá que el precio final esté claramente visible en moneda de curso legal, con la obligación adicional de indicar el precio por unidad de medida en alimentos, bebidas o productos de higiene.

En definitiva, esta nueva normativa busca empoderar a los consumidores, garantizando que puedan ejercer su derecho a una libre elección de compra con información clara y comprensible. La resolución 12/2024 deroga la anterior resolución 915/17, aunque mantiene la obligación de incluir leyendas de advertencia para ciertos productos, como bebidas alcohólicas y medicamentos de venta libre.

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