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Política | A través de un DNU

El Gobierno habilita a militares en actividad a cumplir funciones civiles en Defensa

A través de un DNU, se modificó la Ley 19.101 para que el personal de las Fuerzas Armadas pueda desempeñarse en el Ministerio de Defensa sin pasar a disponibilidad, preservando su carrera profesional.


27-01-2026

El Gobierno nacional dispuso una modificación clave en la Ley 19.101 que impacta de lleno en la estructura del Ministerio de Defensa. Mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), se habilitó al personal militar en actividad a cumplir funciones dentro de la cartera sin perder su condición ni afectar el cómputo de su carrera.

Hasta ahora, los oficiales y suboficiales que eran convocados para tareas en el Ministerio debían pasar a situación de disponibilidad, una condición que implicaba que ese período no fuera considerado como servicio efectivo. Según explicó la cartera conducida por Carlos Presti, esa limitación funcionaba como un desincentivo para sumar cuadros con experiencia y formación estratégica.

“El cambio permite que el Ministerio cuente con los perfiles más calificados para la gestión de la defensa nacional”, señaló el comunicado oficial, al tiempo que remarcó que la medida no introduce privilegios ni altera los aspectos centrales de la carrera militar.

Desde Defensa argumentaron que la decisión responde a una necesidad operativa urgente: cubrir puestos estratégicos con personal idóneo en áreas donde el conocimiento profesional acumulado resulta determinante. En ese sentido, destacaron que la formación y experiencia propias de la carrera militar son esenciales para la planificación y conducción del sistema de defensa.

El decreto también apunta a fortalecer la integración entre personal civil y militar en actividad, corrigiendo una restricción que, según el Gobierno, afectaba el principio de igualdad ante la ley, al limitar el acceso de militares a funciones para las que estaban plenamente capacitados.

La modificación establece límites claros: no será aplicable a oficiales que hayan alcanzado los grados máximos —teniente general, almirante o brigadier general— ni a quienes hayan ejercido la jefatura del Estado Mayor Conjunto o de los Estados Mayores Generales de cada fuerza, cargos considerados como la culminación de la carrera militar.

Con esta decisión, el Ejecutivo busca optimizar la conducción de la defensa nacional y aprovechar la experiencia del personal militar sin afectar su trayectoria profesional.

Foto: GN Noticias

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