La Cámara alta dio media sanción al proyecto con 42 votos afirmativos y 21 negativos. La iniciativa modifica los criterios para disponer internaciones sin consentimiento, amplía el abordaje de las adicciones —incluida la ludopatía— y establece nuevas pautas de atención y control. Ahora deberá ser tratada por Diputados.
El Senado de la Nación aprobó la reforma de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657, vigente desde 2010, y abrió una nueva etapa en el debate sobre cómo debe intervenir el sistema sanitario ante situaciones de padecimiento mental y consumos problemáticos.
El proyecto obtuvo 42 votos a favor y 21 en contra, sin abstenciones, durante una sesión que se extendió hasta la madrugada de este viernes. Con la media sanción, la iniciativa impulsada por el Gobierno nacional fue girada a la Cámara de Diputados, donde continuará su recorrido legislativo.
Uno de los cambios centrales es la modificación de los criterios para disponer internaciones involuntarias. La reforma contempla que puedan indicarse cuando exista un riesgo grave de daño para la vida o la integridad física de la propia persona o de terceros, incluso si la evaluación considera antecedentes y la evolución previsible del cuadro.
En situaciones de emergencia, un solo médico podrá disponer la internación, sin que necesariamente deba ser psiquiatra. La decisión deberá ser revisada por un equipo interdisciplinario dentro de las siguientes 48 horas. También se habilitan las teleconsultas con especialistas cuando no exista disponibilidad local.
La reforma mantiene, sin embargo, el carácter excepcional de esta medida: la internación debe utilizarse cuando no resulten posibles otros abordajes terapéuticos.
El texto aprobado introduce modificaciones en distintos aspectos del sistema de atención. Entre los puntos más relevantes se encuentran:
Internaciones involuntarias: podrán indicarse ante un riesgo grave de daño para la vida o la integridad física de la persona o de terceros. En una emergencia, podrá resolverlas un solo médico.
Control interdisciplinario: la decisión deberá ser revalidada por un equipo de profesionales dentro de las 48 horas. Se contemplan teleconsultas con psiquiatras.
Intervención judicial: las internaciones deberán comunicarse a la Justicia, que tendrá facultades de control sobre la medida.
Plan de egreso: se deberá establecer desde el diagnóstico una estrategia para la salida de la internación, con participación de familiares o representantes legales.
Adicciones: se amplía el abordaje de los consumos problemáticos y otras adicciones, incorporando expresamente situaciones como la ludopatía.
Atención de menores: los niños y adolescentes deberán recibir asistencia de equipos especializados en salud mental infantojuvenil y permanecer en espacios diferenciados de los adultos.
Financiamiento: se establece un mecanismo de cooperación económica entre el Estado nacional y las provincias para sostener la aplicación de la normativa.
Manicomios: se mantiene la prohibición de crear este tipo de establecimientos y de desarrollar prácticas manicomiales.
La modificación más significativa está en el reemplazo del concepto de «riesgo cierto e inminente» por el de «riesgo grave de daño para la vida o la integridad física».
Esto supone ampliar los elementos que pueden considerarse al evaluar una situación de riesgo. Ya no se tendrá en cuenta únicamente el estado de la persona al momento de la consulta, sino también sus antecedentes recientes y la posible evolución del cuadro si no recibe tratamiento.
En condiciones generales, la evaluación contempla la participación de un médico —preferentemente psiquiatra— y un segundo profesional, con intervención de psicólogos. Para las emergencias se habilita la decisión de un solo médico, sujeta a una revisión interdisciplinaria posterior.
Además, la internación deberá notificarse a la Justicia, que podrá solicitar informes, disponer evaluaciones adicionales o dejar sin efecto la medida cuando no se cumplan los requisitos legales.
La reforma no estuvo exenta de cuestionamientos. Uno de los principales focos de debate fue cómo se financiará su implementación y qué responsabilidades deberán asumir las jurisdicciones provinciales.
El senador Guillermo Andrada sostuvo que las dificultades de la legislación vigente no responden necesariamente a sus principios, sino a la falta de recursos para hacerlos efectivos.
En la misma línea, Gerardo Zamora advirtió que se estaban asignando nuevas obligaciones a las provincias sin garantías suficientes de financiamiento.
Frente a esos planteos, el oficialismo aceptó incorporar mecanismos de cooperación técnica, económica y financiera entre Nación y provincias, con la posibilidad de establecer convenios para sostener los nuevos dispositivos de atención.
Desde el oficialismo, Patricia Bullrich defendió la reforma y sostuvo que las internaciones involuntarias continuarán siendo excepcionales, con el objetivo de permitir intervenciones oportunas en situaciones críticas.
La iniciativa mantiene, además, la prohibición de crear manicomios y contempla dispositivos alternativos, como atención ambulatoria, asistencia domiciliaria y espacios comunitarios.
Con la aprobación del Senado, la reforma de la Ley de Salud Mental deberá ser analizada por la Cámara de Diputados. Allí se definirá si el texto obtiene la sanción definitiva o si requiere nuevas modificaciones.
Por lo tanto, los cambios todavía no están vigentes: se trata de un proyecto que obtuvo media sanción y necesita completar el trámite legislativo para convertirse en ley.
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