SOCIEDAD | Cómo funcionaría

Licencia laboral para cuidar a personas mayores: Proponen hasta 15 días pagos por año

La diputada bonaerense Soledad Alonso presentó un proyecto que contempla días de licencia con goce íntegro de haberes, permisos extraordinarios para situaciones de dependencia severa y cambios temporales en la jornada laboral. La iniciativa busca reconocer las tareas de cuidado más allá de la maternidad y la paternidad.

Licencia laboral para cuidar a personas mayores

Licencia laboral para cuidar a personas mayores

Hace 1 hora.

La posibilidad de acompañar a una persona mayor a una consulta médica, asistirla durante una recuperación o ayudarla cuando pierde autonomía podría tener un reconocimiento específico en el ámbito laboral bonaerense. La diputada provincial de Fuerza Patria Soledad Alonso presentó un proyecto de ley para crear un régimen de licencias laborales destinadas al cuidado de personas mayores, con hasta 15 días hábiles pagos por año.

La propuesta apunta a trabajadores que tengan a su cargo la asistencia habitual de personas mayores que necesiten acompañamiento por razones de salud, discapacidad, dependencia o dificultades para desenvolverse de manera autónoma. Además de los días de licencia, contempla permisos extraordinarios para situaciones de mayor complejidad y adaptaciones temporales de los horarios de trabajo.

La iniciativa fue presentada ante la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires y busca ampliar las herramientas de conciliación entre las responsabilidades laborales y familiares.

Cómo funcionaría la licencia para cuidar a personas mayores

Uno de los puntos centrales del proyecto es la creación de una licencia ordinaria de hasta 15 días hábiles por año calendario, con goce íntegro de haberes. El trabajador podría utilizarla de manera continua o distribuirla en distintos períodos, según las necesidades de cuidado.

Entre las situaciones contempladas se encuentran:

El proyecto aclara que tener 60 años o más no sería suficiente para acceder a la licencia. La persona a cuidar deberá presentar una necesidad concreta de asistencia, vinculada con su estado de salud, su autonomía o las actividades esenciales de la vida cotidiana.

Qué familiares y personas podrían quedar incluidos

La propuesta de Alonso plantea un concepto amplio de persona mayor a cargo. Podrían quedar comprendidos padres, madres, abuelos, abuelas, suegros, hermanos, tíos, cónyuges y convivientes, entre otros vínculos.

Una de las particularidades es que no sería obligatorio vivir bajo el mismo techo ni contar con un vínculo familiar directo. El trabajador también podría acreditar que asume de manera principal o habitual las tareas de cuidado de otra persona mayor.

Según los fundamentos de la iniciativa, esta definición busca contemplar las distintas formas de organización familiar y evitar que el acceso al derecho dependa exclusivamente de la existencia de hijos, descendientes o de determinadas obligaciones legales entre familiares.

Licencias extraordinarias y flexibilidad horaria

El régimen propuesto no se limitaría a los 15 días anuales. También establecería una licencia extraordinaria con goce íntegro de haberes para situaciones que requieran una atención más intensiva, como casos de dependencia severa, enfermedades graves, intervenciones quirúrgicas importantes, cuidados paliativos u otras circunstancias excepcionales.

A su vez, los trabajadores podrían solicitar adaptaciones temporales de su jornada laboral cuando la persona mayor necesite asistencia regular.

Las alternativas previstas incluyen modificar los horarios de entrada y salida, implementar jornadas flexibles, redistribuir las horas de trabajo y acceder a modalidades remotas o híbridas cuando las funciones lo permitan.

El texto establece, además, que estos derechos serían autónomos y complementarios. Por lo tanto, no deberían descontarse de las vacaciones, de las licencias por enfermedad del trabajador ni de otros permisos existentes para atender a familiares enfermos. Tampoco podrían reducir derechos más favorables reconocidos por otras normas o convenios.

Qué diferencia tendría con la licencia familiar vigente

En los fundamentos, Alonso señala que la Ley bonaerense 10.430 ya contempla una licencia de 20 días anuales con goce íntegro de haberes para atender a integrantes del grupo familiar que padezcan una enfermedad que les impida valerse por sus propios medios.

Sin embargo, la legisladora considera que esa herramienta no alcanza para cubrir todas las necesidades vinculadas con el envejecimiento. Una persona mayor no necesariamente está enferma, pero puede requerir acompañamiento, ayuda para organizar sus medicamentos o asistencia ante una pérdida progresiva de autonomía.

Con ese argumento, el proyecto propone crear un derecho específico que complemente las licencias existentes y contemple situaciones que no necesariamente responden a una enfermedad incapacitante.

El envejecimiento de la población, detrás de la iniciativa

La propuesta se apoya en los cambios demográficos y familiares registrados en Argentina. Según los datos del Censo 2022 citados por Alonso, las personas de 65 años o más representan el 11,9% de la población, mientras que el grupo de 0 a 14 años equivale al 22%.

Para la diputada, el envejecimiento poblacional, la caída de la natalidad y la reducción del tamaño de los hogares plantean nuevos desafíos para distribuir las responsabilidades de cuidado.

En ese escenario, las familias pueden contar con menos integrantes para repartirse la atención de padres, abuelos u otras personas que necesitan asistencia. La legisladora sostiene que las políticas laborales deben adaptarse a esa realidad y reconocer que las tareas de cuidado no se limitan a la crianza de hijos.

Como antecedentes, el proyecto menciona recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo y experiencias internacionales, entre ellas la normativa de la Unión Europea sobre conciliación laboral y familiar, las modificaciones implementadas en España y las licencias para cuidadores en el Reino Unido.

Cómo se acreditaría la necesidad de cuidado

Para solicitar los permisos, el proyecto prevé la presentación de documentación que permita demostrar la situación de la persona mayor. Entre las alternativas figuran certificados médicos, constancias de atención, certificados de discapacidad, evaluaciones de dependencia y comprobantes de internación.

En situaciones urgentes, la acreditación podría realizarse posteriormente.

La iniciativa también establece que el ejercicio de estos derechos no debería generar sanciones laborales, perjudicar la carrera administrativa, provocar la pérdida de adicionales ni modificar desfavorablemente las condiciones de trabajo.

Por el momento, se trata de un proyecto de ley y no de un derecho ya vigente. Su eventual aplicación dependerá del tratamiento legislativo y de la aprobación de la iniciativa en la provincia de Buenos Aires.

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