La Cámara de Apelación y Garantías de Lomas de Zamora dejó sin efecto la suspensión que había dispuesto la jueza Marta Pascual. El tribunal consideró que una medida cautelar no podía paralizar de manera general una ley sancionada por el Congreso.
El nuevo Régimen Penal Juvenil vuelve a regir en la provincia de Buenos Aires después de que la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocara la medida que había suspendido su aplicación durante 60 días.
La decisión fue tomada este martes por la Sala I de la Cámara, integrada por los jueces Miguel Navascues y Miguel María Alberdi, al resolver la apelación presentada por el fiscal Hernán Ceruti, de la Fiscalía de Ejecución Penal Juvenil de Lomas de Zamora.
El régimen establece, entre otros cambios, que la edad de responsabilidad penal baja a los 14 años para determinados delitos, en reemplazo del esquema anterior.
El tribunal de alzada cuestionó que la jueza Marta Pascual hubiera suspendido de manera general la aplicación de una ley nacional mediante una medida cautelar.
Según los magistrados, los jueces pueden ejercer el control de constitucionalidad o de convencionalidad en casos concretos, pero no corresponde utilizar una medida provisoria para dejar sin aplicación una ley en todo un territorio.
La Cámara calificó como "inadmisible" la decisión de suspender la norma y consideró que implicaba una intromisión en facultades propias de otro poder del Estado.
El planteo se apoyó especialmente en el principio de división de poderes y en el papel del Poder Legislativo a la hora de establecer la política criminal.
El conflicto comenzó el 7 de septiembre, cuando la jueza Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, hizo lugar a un hábeas corpus preventivo colectivo y suspendió durante 60 días la aplicación del nuevo régimen en territorio bonaerense.
La magistrada había señalado que la provincia no contaba con la infraestructura, lugares de alojamiento y recursos necesarios para implementar adecuadamente el nuevo sistema.
También había previsto una audiencia con funcionarios del Gobierno bonaerense para analizar las condiciones existentes y las medidas necesarias para poner en funcionamiento el régimen.
La resolución generó una fuerte controversia política y judicial y derivó en presentaciones contra la magistrada.
La intervención de la Cámara se produjo después del recurso presentado por el fiscal Hernán Ceruti, quien había cuestionado que la decisión de Pascual extendiera sus efectos a toda la provincia.
En su apelación, el Ministerio Público sostuvo que la resolución suponía un avance sobre las atribuciones de otros poderes del Estado y afectaba el principio de división de poderes.
La Cámara hizo lugar al planteo y dejó sin efecto la suspensión.
Con la revocación de la cautelar, el nuevo Régimen Penal Juvenil recupera su aplicación en la provincia de Buenos Aires.
Esto significa que vuelve a estar vigente el esquema que establece los 14 años como edad de responsabilidad penal, bajo las condiciones y alcances previstos por la Ley 27.801.
La decisión también despeja, al menos por ahora, el escenario de incertidumbre que se había generado en la provincia tras la suspensión judicial.
El caso, sin embargo, deja planteada una discusión de fondo sobre los límites de la intervención judicial frente a una ley sancionada por el Congreso y sobre las condiciones que deben reunir las provincias para implementar efectivamente el nuevo régimen.
La Cámara no resolvió el debate político sobre la conveniencia del nuevo sistema. Su decisión se concentró en la validez y el alcance de la medida cautelar que había frenado la aplicación de la ley.
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