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Economía y Empresas | DNU

Cambios en tarjetas de crédito: Sin tope para punitorios y mayor acceso al Veraz

El decreto 70/2023 de Javier Milei introduce significativas modificaciones en el ámbito de las tarjetas de crédito, eliminando el tope del 50% en los intereses punitorios por retrasos y habilitando la inclusión en bases de datos como Veraz. Analizamos las implicaciones de estas medidas en el contexto económico actual.


22-12-2023

El reciente decreto 70/2023 firmado por el presidente Javier Milei ha generado un impacto considerable en el sector de tarjetas de crédito en Argentina, al desencadenar cambios sustanciales en las regulaciones vigentes. Una de las medidas más destacadas es la eliminación del tope del 50% en los intereses punitorios que se aplican a los retrasos en los pagos.

Esta modificación implica que, en un contexto donde se prevé un aumento en la morosidad de las familias, los plásticos pueden cobrar intereses punitorios sin restricciones, siempre y cuando no los capitalicen. Esta decisión podría tener consecuencias directas en el endeudamiento de los usuarios y su capacidad para cumplir con los pagos en tiempo y forma.

Otro aspecto relevante es la derogación de la prohibición de informar sobre moras a las bases de datos de antecedentes personales, siendo Veraz una de las más conocidas. Este cambio facilita la inclusión de los consumidores en estas bases, lo que podría restringir su acceso a servicios financieros una vez que estén registrados.

En relación con las tasas, el decreto elimina el tope de tasa que se le cobra a los comercios, estableciendo un límite del 3% para tarjetas de crédito y del 1,5% para tarjetas de débito. Además, se amplía la posibilidad de emisión de tarjetas de crédito a entidades financieras diferentes de los bancos, siempre y cuando esté dentro de su objeto social.

Otros cambios relevantes incluyen la obligación de los emisores de tarjetas de crédito de enviar mensualmente un resumen detallado de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados, preferentemente en forma electrónica. Además, se establece que este resumen debe ser recibido por el titular con al menos cinco días de anticipación al vencimiento de la obligación de pago.

En cuanto al contrato tipo entre el emisor y el proveedor, se detallan elementos mínimos que deben incluir, como plazos de vigencia, topes máximos por operación, comisiones, intereses, cargos administrativos, entre otros requisitos.

Estas modificaciones, en conjunto, plantean un nuevo escenario en el uso de tarjetas de crédito en Argentina, con un marco regulatorio más flexible pero también con posibles implicaciones significativas para los consumidores y el mercado financiero en general.

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